El Centro de CENTRO DE CONCILIACIÓN RUFFRAN & ASOCIADOS, proporciona al acreedor la posibilidad de cobrar la deuda al Estado.
Para ello, proporciona asesoría en el proceso de conciliación en materia de Contrataciones con el Estado, conforme a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350 – 2015 – EF.
Se considerarán como materias conciliables, sin ser excluyentes, las que a continuación se indican:
Cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitad una conciliación dentre del plazo de caducidad correspondiente.
Cuando se trate de conflictos en materias civiles como desalojos que versen bienes del Estado de dominio privado, reivindicación, obligaciones de dar suma de dinero, indemnizaciones, entre otro, en los cuales participe el Estado, es obligatorio agotar el intento conciliatorio.